Google MapSan Juan, P.R. (mapa)Telefono(787) 328-0278English
¿Mi edad puede afectar la aprobación de incapacidad?

¿Mi edad puede afectar la aprobación del Seguro Social por incapacidad?

Aunque muchas personas no quieren pensar en la posibilidad de tener una incapacidad, lo cierto es que, una incapacidad puede suceder en cualquier momento. De hecho, aun trabajadores muy jóvenes (18 - 49 años) pudieran desarrollar una incapacidad por condiciones congénitas o luego de haber sufrido algún accidente en el trabajo. Es decir, mucho antes de alcanzar su edad plena de jubilación.

En Puerto Rico, la Administración del Seguro Social otorga beneficios por incapacidad a través del programa Seguro por Incapacidad del Seguro Social (SSDI, por sus siglas en ingles).

¿Mi edad es un factor importante para el Seguro Social por incapacidad?

Los beneficios por incapacidad del Seguro Social son exclusivos para personas que no pueden trabajar. La causa debe ser por un padecimiento médico que dure al menos un año o pueda resultar en la muerte.

El Seguro Social ha establecido unas reglas referentes a la cantidad de tiempo que se debe haber trabajado para cumplir con el requisito de trabajo (vea el artículo sobre los créditos del Seguro Social). Estas reglas están basadas en los trimestres del calendario para determinar si ha cumplido con los créditos necesarios.

Antes de profundizar en el tema de la edad, para recibir los beneficios por incapacidad debe cumplir principalmente con un requisito técnico: prueba del tiempo el que ha trabajado. Debe constar que ha trabajado por un periodo suficiente de tiempo y ha pagado impuesto bajo el Seguro Social.

Al obtener esta información, procederán con la elegibilidad de beneficios, y es allí cuando el Seguro Social considera la edad del solicitante:

24 años o menos: Para una persona que tenga 24 años o menos, el requisito de trabajo es de 6 créditos en los 3 últimos años.

De 24 a 31 años: Entre los 24 y 31 años, se necesita por lo menos haber trabajado la mitad del tiempo a partir de los 21 años hasta el momento que haya surgido la incapacidad.

De 32 años en adelante: Se requieren 5 de los últimos 10 años de trabajo cubiertos bajo el Seguro Social. Esto se debe a que los beneficios por incapacidad del Seguro Social van a reemplazar una parte de lo que ganaba en su trabajo antes de tener una incapacidad.

¿Mi edad afecta la aprobación de los beneficios por incapacidad?

El Seguro Social maneja reglas muy estrictas para la aprobación de los beneficios por incapacidad. De este modo, debe tener una condición severa para que su solicitud no sea denegada. Ahora, se debe estar preguntando si su edad puede afectar la aprobación del Seguro Social por incapacidad. Lo cierto es que, este programa utiliza unas reglas médico-vocacionales dependiendo de la edad del solicitante:

De 18 a 49 años: Las personas en este rango de edad se consideran jóvenes. Por lo que es el grupo más difícil de calificar. Si tiene esta edad, considere que el Seguro Social será muy estricto con usted. Además, su condición médica debe aparecer en la lista de incapacidades y ser muy severa. En Fuentes y Fuentes evaluaremos su caso y le diremos si su caso puede tener oportunidad.

De 50 a 54 años: Este es el grupo que va llegando a la edad avanzada, y es visto por el Seguro Social con menos rigurosidad.  El programa prestará atención tanto a la fuerza residual que tiene la persona, como a posibles destrezas transferibles a otros trabajos. Recuerde que no sólo es no poder hacer su trabajo anterior, sino eliminar cualquier otro trabajo en la economía nacional o local.

De 55 años o más: Al ser el grupo de edad avanzada, el Seguro Social es más flexible. Ello no quiere decir que el caso se apruebe automáticamente. Aunque la agencia se flexibiliza al considerar casos con solicitantes de 55 años o más, muchos de estos casos son denegados inicialmente.  En Fuentes y Fuentes estamos aquí para ayudarle.

En todos los casos, el Seguro Social toma en cuenta el tipo de trabajo que ha realizado la persona y el grado de educación que posee.

De 62 años en adelante: Este es el rango en edad de jubilación. Se pueden solicitar los beneficios por jubilación mientras se espera respuesta de la aprobación de los beneficios por incapacidad, porque este último demora más. Si son aprobados los beneficios por incapacidad, se debe realizar el cambio para recibir el monto mayor. Es importante agregar que el Seguro Social no paga dos beneficios a la vez. Típicamente, los beneficios por incapacidad son mayores a los de retiro por edad.

¿Qué hago si mi edad afecta la aprobación de incapacidad?

La Administración del Seguro Social se tomará el tiempo que considere necesario, para evaluar su solicitud de beneficios por incapacidad. Tendrá en cuenta su edad y el tiempo de empleo para determinar si puede ser elegible.

Independientemente del rango de edad en el que se encuentre, en Fuentes & Fuentes estamos para servirle. Nuestro objetivo es poder orientarlo y ayudarle a reunir todos requisitos para conseguir la aprobación de beneficios sin importar la edad que tenga. Si el caso es meritorio, le ayudaremos.

Contáctenos ahora mismo, y recuerde, no cobramos honorarios sino hasta que su caso haya sido aprobado.

Oriéntese gratuitamente hoy mismo

Podemos ayudarle a conseguir la aprobación de beneficios sin importar la edad.

Abogados de Seguro Social
Fuentes & Fuentes
Abogados de Seguro Social
Calle Arecibo #37, Perez Morris
San Juan, PR 00917-4408

Facebook Instagram WhatsApp

Teléfono
Citas/Orientación: (787) 328-0278
Servicios legales: (787) 758-7095
Fax: (787) 250-7189

Mapa
Ver mapa

Horas
Lunes a Viernes
8:00 am – 4:00 pm

©2022 Fuentes & FuentesDiseñado porGarcía Santiago